La doctrina Casado

Me remite Antonio Rato, uno de los abogados de la estirpe de los de Atocha, un correo con algunas opiniones sobre el asunto de los títulos de Casado. Parte de algunas consideraciones sobre el desprestigio generalizado de la universidad, allá por los años 50, en sus tiempos de estudiante.

Tiempos, nos recuerda Antonio, en los que los titulares de las cátedras universitarias se encontraban en el exilio y los nuevos titulares no daban la talla, ni el nivel, exigibles. Tiempos en los que era de buen tono tener recomendaciones. Se presumía abiertamente de ello y no pocos sacaban a pasear, a las primeras de cambio, el consabido, ¡Vd. no sabe con quién está hablando!

Con 800 alumnos en el Aula Magna (porque alumnas sólo había 4),  no es extraño que los estudiantes fueran autodidactas, aprendieran casi de por libre en la biblioteca y se presentaran en las aulas para realizar los exámenes, o en todo caso para asistir a unas cuantas y poco habituales clases prácticas. Eran frecuentes los aprobados generales, o los aprobados selectivos.

Le asombra a mi amigo Rato (Antonio, no el otro), que hayan vuelto a algunas universidades, como la Rey Juan Carlos, esos modernos aprobados selectivos y discrecionales, esos aprobados generales, esa falta de aprecio por los claustros, la enseñanza oficial a la carta y de por libre.

Con todo, lo que más le asombra a nuestro compañero abogado es la pasividad del Tribunal Supremo a la hora de juzgar la concesión de títulos académicos en los que llaman la atención las facilidades pasmosas con las que se obtuvieron y que los vacían de contenido. Pese a todo lo cual, el Tribunal, a la vista de hechos tan evidentes, tan siquiera se atreve a declararlos títulos nulos.

Dicho de otra manera, Casado y algunas y algunos de sus compañeros y compañeras, que reconocieron haber obtenido el título sin haber hecho curso alguno, ni asistir a clase, podrán exhibir tranquilamente estos títulos en su currículum, acumulando méritos que falsearían cualquier selección de candidatos. Ahí quedan el mérito y la capacidad, reconocidos en nuestra Constitución, a la hora de obtener un puesto de trabajo.

El Tribunal no los declara nulos, ni mucho menos delictivos, cuando los hechos probados y reconocidos, me recuerda Antonio Rato, son subsumibles, de forma inconcusa, en el artículo 399 del Código Penal. Es decir, que los hechos son constitutivos de delito sin ningún tipo de duda.

El artículo viene a decir que, quien en el ejercicio de sus funciones comete falsedad, alterando documentos, o requisitos; o simula un documento en todo o en parte; o inventa la intervención de personas que no han intervenido, o las palabras de quien no dijo tales cosas; o falta a la verdad en la narración de los hechos, podrá ser condenado de 3 a 6 años de prisión, multas de 6 a 24 meses y a la inhabilitación de 2 a 6 años.

Habrá quien diga ahora que Casado no era funcionario, ni empleado público, ni  autor material del delito. Pero, es entonces cuando Rato nos recuerda que, o bien fue inductor, o cuando menos encubridor con beneficio personal de tales hechos. Aquí entra en acción el artículo 301, del mismo Código Penal, que castiga como encubridor a quien utilice bienes sabiendo que éstos tienen su origen en una actividad delictiva.

Devolver el prestigio a los títulos de posgrado. Recuperar la reputación de la Universidad. Resarcir a quienes han sido víctimas del engaño, al haber visto vulnerado su derecho a ostentar un título conseguido con esfuerzo personal y coste económico, exige reconocer que Casado ha participado, con el grado de responsabilidad que se determine, en el caso máster.

No puede existir una justicia para robagallinas y otra para robamillones. Prisión para unos y vías de fuga para otros. Se encarcela al político que se enriquece cobrando comisiones mientras se deja libre a quien las paga para obtener concesiones que le enriquecen ilegítimamente.

En procesos como el de las tarjetas black, los altos directivos que más gastaron se van de rositas, en otros casos quien roba niños resulta absuelto y si viene al caso y es necesario se inventa la doctrina Botín. Nunca he creído que todas y todos seamos iguales ante la ley. Ahora, a la vista de la doctrina Casado y los argumentos esgrimidos por Antonio Rato, sobradamente conocidos en los ámbitos jurídicos, aún menos.

Imagino que serán suposiciones mías, viejos rencores, pertinaces rencillas y envidia personal de lo bien que les va a algunos ante la justicia, mientras que otros sienten todo el peso, cada vez menos ciego, de la ley.

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