La Negociación Colectiva es el instrumento principal para regular las relaciones laborales en las empresas. Contar con reglas fiables, negociadas y acordadas en las empresas, establece un marco de estabilidad económica en el día a día y despeja el horizonte para trazar estrategias de futuro en el medio y largo plazo.
Empresarios y sindicatos somos conscientes de la importancia de la Negociación colectiva para los trabajadores y para el empresario. Es decir, para la economía y el empleo. Necesitamos, por lo tanto, un Acuerdo en materia de Negociación Colectiva. Reformar la Negociación Colectiva para corregir insuficiencias, debilidades y abordar cambios que se han ido produciendo en la estructura empresarial y del empleo.
Uno de los temas clave a resolver es el de la estructura de negociación. La base deben de ser los convenios de carácter sectorial que establecen el marco general de condiciones salariales y laborales. Eso no impide que en el ámbito de la empresa se introduzcan aspectos de desarrollo y adaptación del convenio sectorial a la situación de la empresa. La base del sistema productivo en este país y del empleo, se sustenta en la pequeña y mediana empresa. El 98 por ciento de las empresas tienen menos de 25 trabajadores. Es inconcebible pretender que cada una de esas millones de empresas negocie su convenio colectivo, al margen de la situación de su sector y la realidad productiva y laboral. La atomización de la negociación colectiva no es solución alguna. La articulación de la misma, desde los niveles sectoriales al de la empresa, pasando por el nivel autonómico, acordando las materias a negociar en cada ámbito sería esencial para estabilizar las relaciones laborales y para centrar los esfuerzos en superar la crisis económica.
Otro elemento esencial en esta negociación es el de la denominada “ultractividad” de los convenios. Dicho en román paladino, la vigencia del convenio más allá de la fecha de caducidad del mismo. Hay elementos de convenio que no decaen, aunque el periodo de vigencia del mismo haya terminado. Por ejemplo el salario. Sin embargo hay quienes desean que, acabado el periodo de vigencia del convenio, todo debe volver al salario mínimo y a lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores.
Sin embargo, para evitar el estancamiento en la negociación y arrasar los convenios colectivos, lo mejor es reforzar la obligación y el deber de negociar. Revitalizando el papel de las Comisiones Paritarias de empresarios y sindicatos, o poniendo en valor instrumentos de mediación y arbitraje para superar momentos de bloqueo en la negociación de los convenios.
Elemento importante en este proceso negociado es el de la flexibilidad laboral. El empresario español, no así el alemán, está acostumbrado a utilizar la flexibilidad, entendiéndola como recurso al despido fácil y barato, como único recurso para solucionar los problemas económicos. Los sindicatos consideramos que hay otros mecanismos de flexibilidad interna que se utilizan poco en España, como la movilidad, la reducción de tiempo de trabajo, o la distribución de la jornada laboral de forma negociada. Ahora bien, para poder utilizar estos mecanismos, no basta la decisión unilateral y arbitraria del empresario, sino que debe ser fruto de la negociación.
La flexibilidad interna en las empresas es perfectamente posible. De hecho, la negociamos cada día, en multitud de empresa, alcanzando acuerdos útiles para mantener el empleo y superar la crisis y los problemas coyunturales.
Ahora bien, para negociar un convenio, o la flexibilidad interna de las empresas, hay que contar con organizaciones legitimadas. Y éste es un problema más patronal que sindical. Los sindicatos contamos con elecciones sindicales que legitiman mayorías y minorías de representación. Sin embargo la representación empresarial carece de mecanismos de legitimación en numerosos sectores, que permitan evitar la atomización de la representación empresarial y las diferencias entre grandes empresas y la representación de las pequeñas y medianas.
Hay otros temas sobre los que habrá que negociar, como convenios obsoletos y meramente instrumentales, la formación, el reforzamiento de los temas a negociar en un convenio. Hay necesidad de acuerdo. Creo que voluntad de acordar por ambas partes, tanto empresarial como sindical. La negociación colectiva es un ámbito de competencia casi exclusiva de empresarios y sindicatos.
Sería por lo tanto, conveniente, que el Gobierno de España, especialmente desde sus áreas económicas, huya de la tentación de entrometerse en la negociación con debates inútiles como la vinculación de salarios con productividad, que tienen muy poco que ver con la reforma de la negociación colectiva y que tienen más que ver con los Acuerdos Interconfederales sobre Negociación colectiva, que fijan los criterios anuales de la misma en las empresas.
Sí sería, por el contrario, muy interesante que, desde la Administración, se contase con un Mapa de la Negociación Colectiva, incompleto en estos momentos, facilitando el acceso a la realidad de datos como el absentismo, las necesidades formativas, o la evolución económica y de empleo de los sectores y subsectores económicos.
Un Acuerdo razonable es posible. Esperemos que así sea y nadie lo estropee en el último momento.
Francisco Javier López Martín